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Calculadora de despido 2026: indemnización exacta
Cuántos días por año te corresponden y con qué tope, según el tipo de despido.
Estimación orientativa. Contratos anteriores a feb-2012: el tramo previo se calcula a 45 días/año (disposición transitoria); consulta a un profesional. Exenta de IRPF hasta 180.000 € (salvo fin de temporal).
Los tres tipos de indemnización, en corto
Despido improcedente (33 días/año, tope 24 mensualidades): cuando el juez —o la propia empresa al reconocerlo— determina que el despido no tenía causa válida. Es la indemnización más alta y la referencia en la mayoría de negociaciones.
Despido objetivo (20 días/año, tope 12 mensualidades): por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La empresa debe entregarte carta con la causa, preavisar 15 días y poner a disposición la indemnización en el mismo acto: si falla algo de esto, puede convertirse en improcedente.
Fin de contrato temporal (12 días/año): al terminar un contrato temporal válido corresponden 12 días por año, sin tope práctico. Ojo: si el temporal estaba en fraude de ley, el cese puede reclamarse como despido improcedente.
La antigüedad se computa por meses: la fracción de mes cuenta como mes completo (criterio del Tribunal Supremo). El salario incluye todos los conceptos salariales, también la prorrata de pagas extra y la retribución variable consolidada.
Base legal: Art. 53 y 56 del Estatuto de los Trabajadores · Datos revisados en agosto de 2026.
Tienes 20 días hábiles para reclamar
Es un plazo de caducidad: pasado, no hay reclamación posible. Si dudas de si tu despido es procedente, no lo dejes correr. Déjanos tu caso y te ponemos en contacto con un profesional del derecho laboral. Es orientativo y sin coste para ti.
Cómo calcular el despido según su tipo
Para calcular el despido lo primero no es el número, es la calificación: la misma antigüedad y el mismo salario dan indemnizaciones muy distintas según cómo se califique la extinción.
- Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Para los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 el tramo previo a esa fecha se calcula a 45 días por año, con sus propios topes.
- Despido objetivo o colectivo: 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Es el que se aplica en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y en ineptitud o falta de adaptación.
- Despido disciplinario declarado procedente: sin indemnización. Solo finiquito.
- Despido nulo: no hay indemnización porque hay readmisión obligatoria, más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.
Los periodos inferiores al año se prorratean por meses. El salario que se usa es el diario bruto con prorrateo de pagas extra, no el neto que ves en la cuenta: usar el neto es el error que hace que la gente crea que le deben menos de lo que le deben.
Qué hacer después de calcular el despido
El cálculo es la mitad del asunto. La otra mitad es el reloj, y corre muy rápido.
Tienes 20 días hábiles desde la comunicación del despido para impugnarlo. Son hábiles, así que no cuentan sábados, domingos ni festivos, pero sí es un plazo de caducidad: pasado, no hay recurso posible aunque el despido fuera claramente improcedente. El primer paso es la papeleta de conciliación ante el organismo de mediación de tu comunidad autónoma, que suspende el plazo mientras se tramita.
Antes de firmar nada conviene revisar tres cosas: que la carta de despido exprese los hechos y la fecha de efectos (si no lo hace, hay defecto de forma), que la antigüedad reconocida sea la real incluyendo contratos temporales encadenados, y que el salario de cálculo incluya todos los conceptos salariales, no solo el salario base. Encadenar contratos temporales previos o una antigüedad mal reconocida cambian la indemnización miles de euros.
Base legal: artículos 53, 56 y 59 del Estatuto de los Trabajadores.
Un ejemplo de cálculo de despido
Carlos entró el 1 de enero de 2019 y le comunican el despido el 30 de septiembre de 2026. Cobra 28.000 € brutos al año.
- Salario diario: 28.000 € entre 365 días = unos 76,7 € al día. Este es el número que hay que usar, no el sueldo neto.
- Antigüedad: 7 años y 9 meses.
- Si el despido es improcedente (33 días por año): 76,7 € × 33 × 7,75 años ≈ 19.600 €.
- Si es objetivo (20 días por año): 76,7 € × 20 × 7,75 años ≈ 11.900 €.
Casi 8.000 € de diferencia entre las dos calificaciones, con los mismos datos. Por eso la pelea en un despido casi nunca es sobre la aritmética: es sobre si la causa alegada por la empresa sostiene el despido objetivo o no.
A la indemnización hay que sumarle el finiquito, que es aparte, y en el despido objetivo también el preaviso de 15 días: si la empresa no lo da, debe abonarlo en metálico.
Un apunte fiscal que se olvida: la indemnización está exenta de IRPF hasta el límite legal obligatorio, con un tope de 180.000 €. El finiquito, en cambio, tributa íntegramente como rendimiento del trabajo, así que conviene que el documento distinga con claridad qué parte es cada cosa.
Por último, la carta debe indicar la fecha de efectos, y a partir de ella se cuenta todo: el plazo para impugnar, la baja en la Seguridad Social y el momento desde el que puedes solicitar la prestación por desempleo en el SEPE. Conviene pedir de inmediato el certificado de empresa, porque sin él la solicitud de la prestación se retrasa y ese retraso no se recupera.
Preguntas frecuentes
¿Tengo 20 o 45 días si mi contrato es muy antiguo?
Los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 conservan 45 días/año por el tiempo trabajado hasta esa fecha y 33 días/año desde entonces, con un tope conjunto de 720 días (o el devengado a feb-2012 si ya era mayor, hasta 42 mensualidades).
¿La indemnización por despido paga IRPF?
Está exenta hasta 180.000 € cuando el despido es improcedente u objetivo y no hay pacto que lo desvirtúe. La de fin de contrato temporal sí tributa como rendimiento del trabajo.
¿Qué plazo tengo para reclamar un despido?
20 días hábiles desde la fecha de efectos para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad: pasado, no hay reclamación posible.
¿Qué salario se usa si tengo variable o pagas extra?
El salario regulador incluye salario base, complementos, prorrata de extras y el promedio de la retribución variable habitual (comisiones, bonus). Las dietas y suplidos no salariales quedan fuera.